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20 de Febrero de 2024

Abogado de comunidad indígena afectada por proyecto eléctrico en Chiloé: “malas prácticas de la empresa incluyen cláusula en las servidumbres que les prohibía participar de la evaluación ambiental”



La comunidad Estero Chacao fue la única que rechazó la consulta indígena del megaproyecto eléctrico de Transelec, que unirá Ancud con el continente, y que fue aprobado ayer. Su abogado acusa falta de transparencia durante el proceso, retrasos en la realización de la consulta y la firma de servidumbres para autorizar el trazado con una cláusula que prohibía participar de la evaluación ambiental.

Por Felipe Arancibia - INTERFERENCIA

Por siete votos contra tres, la Comisión de Evaluación Ambiental de Los Lagos aprobó este martes el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto de línea de transmisión de alta tensión de Transmisora del Pacífico, filial de Transelec. Se trata de 251 torres de alta tensión que llevarán una línea de 95 kilómetros para unir el continente, en Llanquihue, con Ancud, en el norte de Chiloé.

Distintas comunidades de la isla han resistido el proyecto, acusando errores y omisiones de parte de la empresa en el proceso de evaluación ambiental del megaproyecto, así como en la realización de la consulta indígena respectiva para las comunidades de la zona norte de la isla.

Para abordar las problemáticas del proceso, Interferencia conversó con el abogado de la comunidad indígena Estero Chacao, Francisco Vera, quien asesoró y trabajó junto a los comuneros durante el proceso de consulta indígena.

Al respecto, Vera destaca que Estero Chacao fue la única comunidad que, tras el proceso de consulta indígena, votó en contra de las compensaciones y mitigaciones ofrecidas por Transmisora del Pacífico.

Sobre ello, el abogado señala que, desde un comienzo, el acercamiento de la empresa no fue el idóneo: “Fue a través de amedrentamiento. Como ya tenían definido el trazado de la línea de alta tensión, pero todavía no ingresaban el Estudio de Impacto Ambiental, la empresa envió a negociadores a ponerse en contacto con los dueños de los predios para que les firmaran una escritura pública de servidumbre voluntaria para que autoricen que pase por ahí el tendido. Y eso se firma en una notaría y les pagan una cantidad de plata”.

Al respecto Vera asegura que este proceso no fue legítimo, pues no se respetó la estructura organizacional de la comunidad. “Al tratar con una comunidad indígena, así como cualquier otra organización, tienes que hacerlo a través de sus representantes, tienes que acercarte respetando su estructura organizativa y sus instancias deliberativas”, señala.

Según el abogado, “muchas familias por necesidad o por ignorancia firmaron la escritura de servidumbre. En esas escrituras había una cláusula que le prohibía a quien firmaba la escritura participar de la evaluación ambiental del proyecto o formularle cualquier tipo de observación, renunciando a cualquier acción que pudiera emanar de los procesos de consulta o participación ciudadana. Eso lo tengo textual anotado y lo hicimos presente también en el marco de la consulta indígena”.

La cláusula habría sido un impedimento, de tantos, para una correcta realización de la consulta. “Yo tomé eso como un impedimento o un disuasor para que los comuneros participaran de la consulta indígena. Teníamos bajas convocatorias, y la empresa decía ‘pero, oye, esto jamás ha sido un impedimento para que ustedes puedan participar’. Perdón, pero yo leí la cláusula en voz alta y quedó en acta de los procesos de consulta”.

¿Qué hizo el titular tras discutir esa cláusula?

Pidió disculpas, le envió una comunicación escrita a cada uno de los comuneros que habían firmado que eran miembros de la comunidad y los invitó a participar.

¿Cuándo comenzó el proceso de consulta indígena?

La consulta indígena empezó cuando ya estaba avanzado el proceso de evaluación ambiental. Ese es uno de los primeros puntos que me llama la atención como abogado asesor, porque la existencia de las comunidades ahí se sabe desde siempre. No se entiende por qué no se inició una consulta indígena al principio del proyecto y no cuando este ya estaba avanzado en su tramitación.

Así, con la consulta indígena comienza un proceso paralelo de diálogo con el titular y con el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA). La consulta se dio muy a traspié. Cuando la comunidad quiso hacer solicitudes de modificación de proyecto al titular, el proyecto estaba demasiado avanzado en su tramitación para poder introducir cualquier modificación.

¿Qué problemas presentó la realización de la consulta indígena?

La consulta indígena tiene varios requisitos, pero resumiéndolo en tres, la consulta tiene que ser previa, libre e informada.

Aquí no fue previa, porque el trazado ya estaba definido la instancia eléctrica y después la instancia ambiental llegaron a defenderlo con uñas y dientes porque no pueden volver atrás a tramitar de nuevo el trazado en la SEC.

No fue libre, porque hubieron disuasiones tanto en el momento de la firma de servidumbres como durante la tramitación del proyecto en que se presentaron propuestas informalmente a los directivos de la comunidad sin que pudieran bajar a la comunidad, como tratando de de endulzar el trato al dirigente.

Y no fue informada porque hasta último momento hubo falta de claridad en la información que se le pedía por parte de la comunidad al titular.

¿Qué modificaciones solicitó la comunidad a la empresa?

La comunidad pidió al titular cambiar las medidas de compensación que habían identificado. Lo primero era preguntar por qué el titular no cambia el trazado por uno que no nos afecte tan directamente y que quede más alejado donde queda nuestra casa, nuestro rewe y nuestros puntos de captación de agua, que son varias pomponeras que están afectadas por el proyecto.

El titular dijo que no podía haber cambio de proyecto porque había realizado una participación temprana con la comunidad al inicio del proyecto y ya habían hecho un cambio de trazado a 200 metros para no afectar la salida del sol por el We Tripantu. Pero eso fue una conversación informal en la que no sabíamos para dónde iban a mover el tendido. En el marco del diálogo, se conversó que si el titular hubiera puesto sobre la mesa de la comunidad las opciones entre tapar la vista para el We Tripantu o destruir tres pomponeras, capaz que la comunidad hubiera preferido tener mala vista que falta de agua.

¿Quedó registrado ese cambio en el trazado?

Le pedimos al SEA que estableciera si hubo o no participación temprana, y efectivamente nos dijo que dentro del Estudio de Impacto Ambiental no viene ninguna consulta previa, y por ende no ha habido ningún cambio de trazado, y el único trazado es el que se presentó en un principio y el titular formalmente no lo ha cambiado. ¿En qué incide eso? En que la comunidad no está siendo bien informada.

¿Cuál hubiera sido el momento idóneo para realizar el cambio de trazado?

Como antecedente hay que saber que cuando se trata de proyectos de línea de alta tensión, es el Estado el que llama a licitación para que una empresa privada que cumpla con los requisitos postule y se adjudique la instalación y operación de una línea de alta tensión. En este caso, la línea alta tensión en el tramo de Tineo-Ancud, que se lo adjudica una empresa filial de Transelec, que es Transmisora del Pacífico S.A.

En este sentido, es la transmisora la que tiene como deber construir la línea y obtener la autorizaciones ambientales y sectoriales que correspondan. Entonces, obviamente la tramitación de la licitación y el trazado de la línea alta tensión es anterior, o al menos paralela, a la evaluación ambiental porque son cosas diferentes.

Entonces, la Transmisora del Pacífico comenzó a tramitar el trazado del tendido en la Superintendencia de Electricidad, no en el SEA.

En ese sentido, la Política Nacional Energética en Chile tiene guías sobre cómo tiene que haber también una consulta indígena en la etapa de definición del trazado. No estamos hablando aquí del estudio de impacto ambiental, estamos hablando de que para la definición del trazado de la línea de alta tensión se contempla como buena práctica la necesidad de que el titular identifique la comunidad indígena en la zona y se ponga en contacto con ella para en conjunto considerar su visión al momento de definir el trazado de la línea de alta tensión.

Respecto a eso, nosotros lo hicimos presente desde el día uno en el SEA, y salió mal.

En el fondo, ¿cuál fue el problema general del Estudio de Impacto Ambiental de Transelec?

Cuando el titular levantó la línea base de medio humano, identificaron la existencia de la comunidad indígena Estero Chacao, identificaron sus prácticas ancestrales, tomaron la definición legal de territorio, y luego definieron un territorio súper chico.

Partiendo porque dentro de la comunidad Estero Chacao, está el cacicazgo mayor de la señora María Caimapu. Y no es que sean como los países, en los que donde termina mi territorio empieza el tuyo, porque en medio del sector hay varias comunidades que coexisten y que están entrelazadas. No se guían por un territorio como un plano, pues se interrelacionan y tienen autoridades distintas, pero están todas en un mismo territorio cohabitando. Y el cacicazgo mayor toma toda la zona norte de la isla. Para mí ese debería haber sido el territorio. Eso respaldado con informes antropológicos, entrevistas transcritas y otros documentos que forman parte de la consulta indígena.

Entonces, como está mal definido el territorio también están mal evaluadas todas las susceptibilidades de afectación a su sistema de vida. Porque como están tan acotados, nada se ve de sus actividades costeras, nada se ve de dónde llevan sus animales a pastar, nada se ve de dónde van a recolectar.

Son defectos súper profundos, porque el proyecto ya no puede cambiar. Y eso no se mejora ofreciendo 100 millones más. Es como estar haciendo tu tesis y al final te das cuenta de que está malo a tu marco teórico.

En el fondo, estos mecanismos están creados para cautelar los derechos de la comunidad. Pero desde un punto de vista incluso más pragmático, están diseñados para evitar conflictos. Para eso existen las consultas tempranas y el requerimiento al momento de hacer el trazado.

Fuente:
https://interferencia.cl/articulos/abogado-de-comunidad-indigena-afectada-por-proyecto-electrico-en-chiloe-malas-practicas-de

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